Sentencia contra sacerdotes mexicanos por hacer proselitismo contra promotores del aborto e ideología de género

Cardenal Juan Sandoval Íñiguez

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación falló contra dos cardenales, un obispo y dos sacerdotes porque alentaron a los fieles católicos a meditar bien el voto, rezar para pedir “luz” a Dios y no votar por promotores del aborto y la ideología de género en las elecciones del 6 de junio.

Los curas mexicanos sentenciados son el Arzobispo Primado de México, Cardenal Carlos Aguiar Retes; el Arzobispo Emérito de Guadalajara, Cardenal Juan Sandoval Íñiguez; así como el Obispo de Cancún-Chetumal, Pedro Pablo Elizondo Cárdenas.
En la misma situación están los sacerdotes Mario Ángel Flores Ramos, ex rector de la Universidad Pontificia de México, y Ángel Espinosa de los Monteros.

La máxima instancia en asuntos electorales, informó que los señalados incumplieron la legislación mexicana al publicar videos en el marco del proceso electoral federal 2020-2021, a través de diversos perfiles y canales de Facebook, Twitter y YouTube”.

Los ministros de culto transgredieron los principios constitucionales de separación Iglesia-Estado y de igualdad en la contienda, se explicó.
Asimismo la magistrada Gabriela Villafuerte Coello mencionó  que uno de los sentenciados alentó a los fieles católicos a “que rezaran y pidieran a Dios que los iluminara al momento de votar”.

El proceso contra los obispos y sacerdotes mexicanos fue abierto por el partido Morena, y tras la sentencia, la Secretaría de Gobernación tendrá que definir la sanción, que podría ir desde una simple amonestación hasta una multa de tres millones de pesos.

Al Cardenal Sandoval Íñiguez, se le sentenció por su llamado del 1 de junio de este año a no votar por quienes “están en el poder”, pues “se viene la dictadura o se pierde la libertad porque se trata de un sistema comunista, socialista que esclaviza”.

También dijo: “está en juego la familia, el bien de la familia y de la vida, porque este gobierno ha adoptado la ideología de género”.

El ministro Elizondo Cárdenas fue sentenciado por este llamado “la Iglesia dice: no voten por los candidatos que apoyan el aborto, que están contra la familia, que están contra los valores, que están contra el matrimonio como Dios lo describre en la biblia, desde la primera página, varón y hembra los creó y les dijo creced y multiplicaos. Nosotros como creyentes fieles, católicos, no debemos votar por eso”.

Por su parte el sacerdote Mario Ángel Flores Ramos fue sentenciado por su conferencia “La Doctrina Social de la Iglesia y el compromiso político en las elecciones del 6 de junio”, en la que pidió que “no demos más poder a quien no ha sabido usarlo para el bien común” y “no brindemos más confianza a quien se dedica a dividir, no a unir, no a desarrollar….cuidemos nuestra democracia, es de todos, no de una persona”.

Espinosa de los Monteros, por su parte, también fue sentenciado por alentar a los mexicanos a pedirle “a Dios la luz” antes de votar, y a no dar “ni un solo voto para los irresponsables, para los de la cultura de la muerte y de la división”.

Finalmente, al Cardenal Aguiar Retes se le sentenció porque, en junio de 2018, precio a las elecciones del 6 de julio de ese año que llevaron a la presidencia a López Obrador, dijo que los católicos debían considerar en su voto a quien garantice el respeto a “los valores fundamentales de nuestra fe, como es el derecho a la vida, el derecho a la familia estable, el derecho a la educación, el derecho a la libertad religiosa”.

Luego, el video del mensaje circuló nuevamente en redes sociales durante el proceso electoral de 2021.

Cardenal Carlos Aguiar Retes

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